Puede que este año no tengas que pasar la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) si tu vehículo se encuentra dentro de una lista. La DGT se ve obligada a hacer la vista gorda por primera vez. Para algunos conductores, el momento de pasar la ITV es incómodo por el temor a no pasarla correctamente.
Una emoción que se intensifica si se enciende algún indicador, algún foco deja de funcionar o la ventanilla se estropea. Pero, aunque pueda resultar tedioso en algunas ocasiones, pasar esta certificación con éxito asegura la circulación de un automóvil en buenas condiciones. No obstante, existen ciertos vehículos que no tendrán que pasar la ITV nunca más.
El Real Decreto 920/ 2017 estipula que pasar la ITV es obligatoria cada cierto tiempo, tiempo que va determinado según el tipo del vehículo y su antigüedad. Es más, circular con un vehículo que no ha tenido un resultado óptimo en la inspección puede acarrear importantes multas de un mínimo de 200 euros y hasta problemas con las empresas de seguros, que declinarían cualquier responsabilidad en caso de accidente.
Si tienes este coche, no tendrás que volver a pasar la ITV: la DGT no podrá hacer nada
En líneas generales, los conductores/as deben acudir a la primera ITV cuatro años después de la matriculación del vehículo. Desde ese momento y hasta los 10 años, cada dos años y después cada año. Sin embargo, hay un texto que datado en el año 1995 que ha actualizado el reglamento de las obligaciones respecto a dicha inspección.
Bajo estas circunstancias, se trata de coches y ciclomotores que fueron matriculados antes del 1 de enero de 1950 los que no tienen que pasar la ITV, aunque el propietario puede pasar la inspección si así lo desea. Es una medida de la DGT que dispone del aval de los ayuntamientos y cuyo objetivo es promover la presencia en las calles de vehículos históricas, coches y ciclomotores que encierran historias que marcaron el siglo XX. De esta manera, se busca fortalecer el patrimonio cultural español.
Existe una segunda ventaja. Sin importar el consumo, a partir de ahora están exentos de las normas ambientales y podrían circular incluso por las zonas de bajas emisiones, según el nuevo marco legal aprobado a principios de este año. Aunque algunos usuarios pudieran cuestionar la seguridad de modelos tan antiguos, la DGT respalda su carácter histórico. Se alienta a sus propietarios a mantener estas piezas históricas en óptimas condiciones para conducir, aun cuando la ITV al día no sea necesaria para circular.
No todos los coches de estas características están exentos ya que tienen que contar con la catalogación de vehículos históricos. Para obtenerlo, deben estar inscritos en el Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español, declarados bienestar de interés cultural o que haya participado en algún hecho histórico, que pertenece a una personalidad.
La DGT no obliga a pasar la ITV a estos coches
Además, debe tratarse de un coche de interés especial y no puede haber padecido cambios en sus características o elementos principales como su motor, frenos, dirección, suspensión o carrocería. Hay otros vehículos que tampoco están obligados a pasar la ITV:
- Motocicletas, cuadriciclos y quads: en sus primeros cuatro años.
- Turismos y otros vehículos de uso privado destinados al transporte de personas, y una capacidad de hasta nueve pasajeros (incluyendo el conductor): cuatro años.
- Ciclomotores: tres años.
- Vehículos de servicio de alquiler con o sin conductor y de escuela de conductores, que se dedican al transporte de personas con capacidad de hasta 9 plazas, incluido el conductor: dos años.
- Caravanas remolcadas con MMA superior a 750 kg: seis años.
- Camiones y remolques de hasta 3.500 kg: dos años.
- Vehículos especiales destinados a obras y servicios y maquinaria autopropulsada, excluyendo aquellos cuya velocidad por construcción sea menor de 25 Km/h: cuatro años.
- Vehículos dados de baja de manera temporal o definitiva. La ITV deberá volver a habilitarse si el usuario quiere rehabilitar el coche. Debe ser el paso previo a su reincorporación a la circulación.