La Seguridad Social ha dado una excelente noticia para los autónomos que los libra de un problema. Ser autónomo trae grandes ventajas a los profesionales que quieren ejercer su actividad por su cuenta, pero también conlleva grandes responsabilidades. Ser autónomo o un trabajador independiente significa realizar una actividad económica habitual, directa y por cuenta propia.
Este tipo de contribuyentes tiene la obligación de emitir factura y cotizar de forma directa y mensual a la Seguridad Social.
También es conveniente tener en cuenta que los trabajadores autónomos se dividen en dos grupos, dependiendo del tipo de actividad que ejecuten: autónomos dedicados a actividades empresariales (hosteleros, peluqueros, chóferes privados, transportistas, entre otros) o que desempeñan actividades de carácter artístico o deportivo (tenistas, futbolistas, maquilladores, actores o artistas de circo, entre otros).
La Seguridad Social da una importante noticia a los autónomos
Se ha ampliado el plazo para estar al día con la Seguridad Social. Hasta el año 2022, los autónomos estaban obligados a declarar solo si generaban, al menos, 1.000 euros al año, un límite que este año ha desaparecido en la campaña 2023. Por otra parte, el pasado 9 de julio, el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó un real decreto que fija los plazos que tienen para renunciar a la regularización de las cuotas 2023.
Esta regularización comenzará a implementarse por la Seguridad Social a partir del próximo otoño. Y, si los autónomos cotizaron de menos, también tendrán que abonar la diferencia. El Ministerio de Seguridad Social, Inclusión y Migraciones ha modificado el reglamento relativo al pago de más (o de menos) por parte de los trabajadores autónomos.
Esto significa que los trabajadores por cuenta propia que el año pasado pagaron menos cuota de la que debían (tomando como referencia sus ingresos reales) tendrán un plazo de 30 días para abonar la diferencia en la cotización ante la Tesorería General de la Seguridad Social. 30 días a partir del momento en que la Seguridad Social le envía la correspondiente carta de pago.
En caso contrario, si los autónomos pagaron de más, la Seguridad Social está obligada a devolver el exceso de cotización. Podrá realizar el pago hasta el 30 de abril del ejercicio posterior al que la Administración haya comunicado los rendimientos computables. En lo que respecta a este año, el plazo se extiende hasta el 30 de abril de 2025.
El trabajador por cuenta propia también puede optar por renunciar a lo que ha pagado de más para mantener la cuantía de sus futuras pensiones como el resto de las prestaciones.
La Seguridad Social anuncia cambios para los autónomos
El autónomo podrá optar por esta vía con una condición. Su base de cotización del año anterior no puede superar la que tenía el 31 de diciembre de 2022. Un día después, comenzó a regir el nuevo sistema de cotización por ingresos reales.
“La renuncia a la base de cotización calculada como consecuencia de la regularización se podrá solicitar hasta el último día del mes natural inmediatamente posterior a aquel en que se comunique el resultado de la regularización e implicará, en su caso, la renuncia a la posible devolución de cuotas”, expone el BOE.
De esta manera, si la Seguridad Social comunica una regularización un 15 de octubre, el autónomo tiene de plazo hasta el 30 de noviembre para renunciar a la devolución de sus cuotas.
Hay más cambios para los autónomos
Por otra parte, desde el Ministerio de Economía se ha anunciado que las facturas en formatos como PDF, Word o Excel, populares entre los autónomos por su simplicidad, serán prohibidas. Una medida que podría implementarse entre 2025 y 2026 tiene como objetivo el impulso de la digitalización y una mejora en la eficiencia de los procesos administrativos.
Los formatos aceptados serán más estructuras, como el XML del CEFACT/ONU, los mensajes UBL según la norma ISO/IEC 19845:2015, el mensaje EDIFACT de factura conforme a la norma ISO 9735, o el sistema Facturae.
En definitiva, los autónomos deben permanecer atentos de manera constante a los cambios difundidos por la Seguridad Social y la Agencia Tributaria para evitar contratiempos y estar al día con sus obligaciones.