Si trabajaste hace décadas en sectores como el comercio, la construcción o la metalurgia y cotizaste a la Seguridad Social entre 1967 y 1978, te pueden estar debiendo mucho dinero, de hecho, hasta 4.000. Una reciente sentencia del Tribunal Supremo está permitiendo a miles de personas recuperar el dinero que pagaron de más hace décadas.
¿Qué ha sucedido en la Seguridad Social?
Durante más de una década, muchos trabajadores de varios sectores contribuyeron a las antiguas mutualidades laborales. Estas mutualidades eran sistemas de previsión social privados que los trabajadores financiaban a través de sus salarios, con la promesa de recibir una pensión en el futuro.
Sin embargo, con el tiempo, estas mutualidades fueron integradas en el sistema de Seguridad Social que conocemos hoy y, simplemente, desaparecieron.
El problema surgió cuando, durante este proceso de integración, la Agencia Tributaria realizó cobros indebidos a estos trabajadores. Según la sentencia del Tribunal Supremo, las contribuciones realizadas a las mutualidades laborales entre 1967 y 1978 no se calcularon bien en los impuestos sobre la renta, lo que resultó en pagos de más, pagos que no debían ser.
La sentencia del Tribunal Supremo
Hoy, la sentencia del Tribunal Supremo reconoce que los trabajadores afectados pagaron más impuestos de los que deberían haber pagado. En concreto, la Justicia estima que estos trabajadores tienen derecho a descontarse en el IRPF el 25% de las aportaciones realizadas a las antiguas mutualidades laborales de su sector concreto.
¿Quiénes pueden beneficiarse?
Si trabajaste en el comercio, la construcción o la metalurgia entre 1967 y 1978, y cotizaste a las antiguas mutualidades laborales, podrías ser uno de los beneficiarios de esta devolución. Es importante que verifiques si cumpliste con estos requisitos durante el período mencionado, ya que esta sentencia afecta específicamente a aquellos que cotizaron en esos años y sectores. En cualquier caso, son datos que conocen ya en la Seguridad Social.
Es recomendable que hables con un asesor fiscal o abogado especializado en derecho laboral para que te guíe algo mejor en el proceso. Una vez lo tengas claro, deberás presentar una solicitud de rectificación ante la Agencia Tributaria.
Y sobre todo, no te desesperes, ya que el proceso puede llevar tiempo, así que es importante que te mantengas informado sobre el progreso de tu solicitud. Pregunta regularmente a tu abogado sobre cualquier actualización y no dudes en preguntar sobre tus derechos.
Otra opción, quizás más económica, es la de ir directamente a las oficinas de la Seguridad Social para ver mejor tu caso. Ellos tienen tus datos y te pueden ayudar con todos los trámites necesarios para recuperar lo que es tuyo.
¿Por qué es importante actuar ahora?
Esta oportunidad de reclamar los cobros indebidos no durará para siempre. Es fundamental que te informes y actúes lo antes posible, ya que los plazos se acaban y la posibilidad de hacer justicia, también.
La sentencia del Tribunal Supremo es, sin duda, una gran victoria para los trabajadores jubilados de sectores como el comercio, la construcción y la metalurgia.
Así que, ya sabes, si cotizaste a las mutualidades laborales entre 1967 y 1978, podrías ser una de las personas que hoy pueden recuperar lo que en verdad siempre ha sido suyo.
Si tienes dudas, puedes llamar a la Seguridad Social, consultar con un abogado especialista o acudir directamente a una de sus oficinas. Recuerda que la Seguridad Social tiene oficinas en toda España.